OTRAS INQUISICIONES: Televisa

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Pablo Cabañas Díaz

En un hecho inédito, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo promovido por Televisa, en contra de la decisión del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que le impuso medidas compensatorias por ser la empresa preponderante en el mercado de la televisión abierta.

Entre las medidas está la de permitir a empresas más pequeñas del mismo ramo tener acceso al uso de la infraestructura de Televisa, mediante el pago de tarifas autorizadas por el propio IFT. También se le obligó a transparentar los términos y condiciones de sus contratos de publicidad y no monopolizar la transmisión de contenidos de alto nivel de audiencia, como partidos de fútbol.

En la sentencia aprobada por la Segunda Sala de la SCJN, con el único voto en contra de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, se reconocen como constitucionales ocho artículos de la Constitución, que son la base de las facultades del IFT para declarar la preponderancia de una empresa y tomar medidas en contra del monopolio del mercado.

El 20 de octubre de este año el  ministro Javier Laynez Potisek propuso a la segunda sala del máximo tribunal negar por improcedente el amparo a Televisa en contra de las medidas que le impuso el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) por ser la empresa preponderante en el mercado de la televisión abierta.

La preponderancia se declara cuando el IFT detecta que una sola empresa acapara una mayoría del mercado, y por lo tanto es necesario imponerle medidas para que no incurra en prácticas monopólicas.

En el caso de Televisa, desde el 6 de marzo de 2014, el IFT le impuso acciones que incluyen: permitir que empresas más pequeñas puedan tener acceso a su infraestructura mediante cuotas negociadas, transparentar los términos y condiciones de sus contratos de publicidad y no monopolizar la transmisión de contenidos de alto nivel de audiencia, como partidos de futbol.

Sin embargo, desde hace cinco años la televisora ha combatido en tribunales las medidas y atribuciones del IFT hasta lograr llevar el caso ante la SCJN.

En su momento, Televisa afirmó que todas estas resoluciones y acciones del IFT afectan a Grupo Televisa en áreas relacionadas con sus negocios de radio y televisión de paga, por lo que evaluaremos el alcance e impacto en cada caso en sus resultados de operación, actividades y negocios.

El proyecto de sentencia, elaborado por Laynez Potisek, niega  el amparo  y declara improcedente en otros puntos, lo que obliga a Televisa a cumplir por fin con la orden que el IFT le dio hace cinco años.

El IFT sólo actuó en el ejercicio de sus competencias al emitir la resolución de preponderancia mediante el cual  se determinó al agente económico preponderante en el sector de radiodifusión a Televisa  y le impuso las medidas necesarias para evitar que se afectara la competencia y la libre concurrencia.

 

Redacción/dsc
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Periodista en crecimiento; siempre buscando algo que contar.

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