viernes, marzo 29, 2024

OTRAS INQUISICIONES: Impunidad y “justicia”

Pablo Cabañas Díaz

Al final del siglo XX, en el  México  de los años  noventa, el sistema político ya no fue dominado por un solo partido, sino por un sistema cerrado de seis partidos, que compartían el interés común de controlar el acceso a la competencia electoral y se repartían los cargos según la correlación de fuerzas y sus intereses inmediatos. El presidente en el plano federal y los gobernadores en los estados nombraban a los ministros de la Suprema Corte y a los miembros de los Tribunales Superiores de Justicia, no con base en méritos profesionales, sino en función de lealtades políticas, pertenencia a grupos de poder y pagos de favores. A su vez, los magistrados nombraban a los jueces siguiendo los mismos criterios. En esa sui generis “democracia”,  había una aparente competencia electoral, pero no Estado de derecho ni derechos de ciudadanía. Las procuradurías de justicia y los tribunales se dedicaron históricamente a controlar los conflictos sociales y castigar a los disidentes.

En marzo de 2004, el presidente Fox envió al Senado de la Republica la iniciativa de Reforma Estructural al Sistema de Justicia Penal Mexicano, la cual no fue siquiera discutida. El Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), y diversos actores de la autollamada  sociedad civil, y algunos grupos gremiales de abogados.

Desde afuera, al igual que había sucedido antes en otros países de América Latina, impulsaban la reforma diversas agencias de cooperación internacional, como la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID, por su sigla en inglés), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). No había mucho apoyo, con la excepción de la Suprema Corte, que produjo un informe devastador sobre los problemas de la justicia penal en México en 2006. En la profesión jurídica la inmensa mayoría se oponía a la reforma, mientras que las escuelas de derecho del país guardaron una notable distancia del proceso. Sin una “estructura de soporte” formada por redes civiles y de profesionales del derecho, ninguna reforma judicial puede prosperar, ya que se requieren actores comprometidos. El resultado es el desorden administrativo que priva en juzgados, ministros públicos, y en la propia Suprema Corte.

El control político de tribunales y jueces permitía además resolver conflictos intergubernamentales en una forma políticamente controlada. Los tribunales administrativos jugaban ese papel y la Suprema Corte de Justicia, cuando actuaba como corte constitucional, jugaba el papel de estabilizar los conflictos dentro del sistema político. Sin embargo, este esquema estaría incompleto si no consideráramos el papel de las policías. Las policías estaban en la base del edificio de la impunidad, de la extracción de renta y de la arbitrariedad política de la justicia. Su escasa capacidad de investigación se usó principalmente para localizar riesgos para la estabilidad política, pero no para sancionar a delincuentes, que en todo caso eran perseguidos sobre la base de la necesidad de controlar al crimen por los riesgos que suponía a la actividad económica.

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