Nuevas reglas de tránsito establecen emplacamiento obligatorio y licencias para vehículos eléctricos personales

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Ciudad de México.- La movilidad en la capital del país entra en una nueva etapa de ordenamiento jurídico y seguridad. La Jefa de Gobierno, Clara Brugada Molina, oficializó recientemente la firma del decreto que modifica los reglamentos de Tránsito y de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México. Esta iniciativa busca integrar formalmente a los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) y Vehículos Eléctricos Personales (VEP) al ecosistema vial, estableciendo lineamientos claros para su operación y convivencia con otros medios de transporte.

Un marco legal diseñado para proteger a los usuarios más vulnerables

El eje central de esta reforma no es de carácter administrativo, sino preventivo. La administración local busca reducir los índices de siniestralidad mediante la aplicación estricta de la pirámide de movilidad, la cual dicta que la prioridad en la vía pública siempre debe ser para peatones y ciclistas. Al regular unidades que anteriormente operaban en un vacío legal, se pretende evitar invasiones de espacios peatonales y garantizar que la tecnología eléctrica no comprometa la integridad física de los ciudadanos.

Durante el anuncio en el Antiguo Palacio del Ayuntamiento, la mandataria capitalina destacó la importancia de actualizar la normativa ante el auge de estas nuevas tecnologías de transporte. “Esta regulación que hoy se presenta significa reconocer esta nueva realidad y establecer reglas justas, garantizar derechos, prevenir accidentes y la coexistencia y convivencia con todas las formas de movilidad”, afirmó Brugada, subrayando que el crecimiento de estos vehículos exigía una respuesta institucional inmediata.

Fechas clave para el emplacamiento obligatorio y la obtención de licencias

La transición hacia este nuevo modelo de control será gradual para permitir que tanto usuarios como distribuidores se adapten. A partir del 1 de julio de 2026, todas las unidades nuevas deberán salir de los puntos de venta ya con sus respectivas placas. Para quienes ya poseen uno de estos vehículos, se ha establecido un periodo de registro y emplacamiento que comprende del 1 de julio al 20 de noviembre de 2026. Es vital mencionar que será obligatorio contar con licencia de conducir tipo A1 o A2 para operar los modelos con mayor potencia.

La Jefa de Gobierno detalló que habrá un periodo de gracia para fomentar la educación vial antes de aplicar medidas correctivas. “Se va a dar dos meses de conocimiento, de construcción de cultura vial, de apropiación de lo que se debe hacer, y aunque salgan con placa, sólo hasta el 1 de septiembre la secretaría (de Seguridad Ciudadana) va a poder actuar si no se cumple con lo que dice el reglamento”, explicó. Con esto, se busca que la ciudadanía se familiarice con las normas antes de pasar a la fase de multas.

Restricciones de circulación y sanciones económicas por incumplimiento del reglamento

Las nuevas disposiciones prohíben estrictamente que los VEMEPE y VEP circulen sobre banquetas, carriles exclusivos del transporte público o carriles centrales de vías de acceso controlado. Además, se vuelve obligatorio el uso de casco de seguridad y se prohíbe conducir bajo los efectos del alcohol. Las sanciones económicas comenzarán a aplicarse en septiembre, partiendo de 10 UMAS (aproximadamente 1,175 pesos) para las primeras infracciones, escalando hasta las 20 UMAS (2,350 pesos) en casos de reincidencia constante.

Para asegurar que la aplicación de estas leyes sea justa y libre de corrupción, se implementará tecnología de vigilancia en los oficiales de tránsito. “Hoy damos un paso importante hacia un sistema de movilidad donde distintas formas de transporte conviven con reglas claras y con piso parejo. Construimos esta regulación también basándonos con estricto apego a la pirámide de movilidad, que indica que debemos priorizar el cuidado y el bienestar de los más vulnerables en la vía, en las calles, es decir, peatones, ciclistas, usuarios del transporte público y, en último lugar, quienes utilizan transporte motorizado y automóviles”, concluyó la mandataria.

Clasificación técnica de los vehículos y excepciones para las bicicletas asistidas

La Secretaría de Movilidad (Semovi) ha categorizado estos transportes según su potencia y peso para determinar su nivel de riesgo. Los VEMEPE son aquellos que superan los 25 km/h y cuentan con motores de hasta 1.34 caballos de fuerza. El secretario Héctor Ulises García Nieto aclaró que esta distinción es necesaria para separar los juguetes o vehículos ligeros de aquellos que, por su velocidad, requieren medidas de seguridad similares a las de una motocicleta.

En contraste, las bicicletas con motor asistido que no excedan los 25 km/h ni los 35 kg de peso estarán exentas de placa, aunque deberán portar un holograma oficial. Al respecto, García Nieto señaló la necesidad de profesionalizar el uso de los vehículos más potentes: “Deberá establecerse la obligatoriedad del uso de licencias tipo A1 y A2 para la conducción de VEMEPE porque son vehículos que exceden las condiciones para circular en las vías confinadas y, por lo tanto, tendrán que generar condiciones de seguridad adicional”.

 

AM.MX/CV

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