No hay nada que alegar: la tierra es de los campesinos de Baja California Sur: SCJN

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LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR.- En un acto de estricta justicia social y apego a la legalidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le ha dado un revés histórico a la ambición corporativa extranjera. Por una contundente mayoría de 7 votos contra 2, el máximo tribunal del país ordenó desenterrar y revisar minuciosamente la validez del oscuro título de propiedad de 1893 expedido por el dictador Porfirio Díaz, el cual es utilizado por la empresa de capital estadounidense “Península de los Sueños” —en complicidad con su filial mexicana Boca de la Salina, S.A. de C.V.— para intentar despojar al Ejido San Vicente de Los Planes de 584 hectáreas de incalculable valor turístico y ecológico frente al Golfo de California.

Con esta histórica resolución, que echa abajo una polémica sentencia del Primer Tribunal Colegiado que le daba la espalda a los ejidatarios, la Corte pone un alto a un litigio que lleva más de 25 años en los tribunales y reitera un principio fundamental: sobre la soberanía nacional y el derecho de los campesinos, no hay concesión porfirista que valga.

LAS EMPRESAS GANDALLAS

Bajo el membrete del ostentoso megaproyecto turístico e inmobiliario “Península de los Sueños” (ubicado en la estratégica zona de Punta Arena y Bahía de la Ventana), actúan conjuntamente dos firmas que operan como una sola entidad: Península de los Sueños, S.A. de C.V. (antes Punta Arena de la Ventana) y Boca de la Salina, S.A. de C.V. Como consta en registros públicos y en litigios previos, ambas sociedades comparten intereses, capitales norteamericanos y la misma consigna: privatizar una franja costera de alto valor ecológico que legítimamente pertenece a las familias ejidales.

Frente a la voracidad de las empresas, el Ejido San Vicente de Los Planes alza la voz con la ley en la mano. Sus derechos agrarios no provienen de un plumazo colonialista, sino de una Resolución de Dotación Presidencial emitida en 1968 por el entonces presidente Gustavo Díaz Ordaz. Estos terrenos fueron ratificados, medidos y amojonados legalmente en 1985 por la Secretaría de la Reforma Agraria, amparando un total de mil 750 hectáreas en el predio conocido como Boca de Las Salinas y demasías.

Los empresarios extranjeros argumentan que las tierras les pertenecen porque un documento firmado en el siglo XIX les otorgaba derechos. Ante esto, el Ministro Presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, fue contundente y categórico al presentar el proyecto a favor de los campesinos: “La época de Porfirio Díaz fue una etapa en la que se agenciaron propiedades violando derechos de personas, sociedades y comunidades. Por eso creo que la declaratoria de nulidad que establece la Constitución es categórica y no la podemos obviar”.

¿POR QUÉ EL TÍTULO PORFIRISTA NO TIENE VALIDEZ?

Para los ejidatarios de Baja California Sur, la ley es clara y contundente. El intento de despojo promovido por la empresa Boca de la Salina choca de frente contra los pilares de nuestra Carta Magna:

1.La nulidad retroactiva del Artículo 27 Constitucional (Fracción VIII, inciso b): La Constitución de 1917 declaró de forma tajante nulas todas las concesiones, composiciones o ventas de tierras, aguas y montes realizadas por el gobierno federal desde el 1 de diciembre de 1876 hasta 1917, siempre que con ellas se hayan invadido u ocupado ilegalmente las tierras de pueblos, comunidades y núcleos de población. El título de la empresa data de 1893; por ende, nació muerto ante el derecho revolucionario.

2.La facultad de revisión de la Fracción XVIII: Este apartado faculta al Estado mexicano para revisar y declarar la nulidad de todos los contratos y concesiones hechos desde 1876 que hayan dado lugar al acaparamiento de tierras y riquezas naturales de la nación.

3.La violación a la Zona Restringida: Los inversionistas extranjeros pretenden ignorar que el mismo Artículo 27 prohíbe estrictamente el dominio directo de extranjeros sobre tierras y aguas en una faja de 50 kilómetros en las playas. Toda la península de Baja California Sur está flanqueada por el mar; por lo tanto, el reclamo de una transnacional norteamericana sobre playas mexicanas viola flagrantemente la soberanía nacional.

Aunque este fallo obliga al Tribunal Superior Agrario a emitir una nueva sentencia analizando la invalidez del título de 1893, el mensaje de la Suprema Corte de Justicia es un tanque de oxígeno puro para las comunidades agrarias de todo México que resisten los embates de las mafias inmobiliarias.

La prepotencia del dinero extranjero, aliado con empresas fachada mexicanas que pisotean la Constitución, ha topado con pared. El patrimonio territorial, ecológico y social de Bahía de la Ventana no está en venta para los “sueños” de unos cuantos magnates transnacionales. Pertenece al pueblo, a la historia y a los campesinos que han resguardado la costa por más de cinco décadas.
AM.MX/fm

 

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