Ley de Bibliotecas en México: fuerte rechazo en algunos sectores de la industria editorial

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CIUDAD DE MÉXICO.- A principios de junio entró en vigencia en México la Ley General de Bibliotecas (LGB), con el objetivo de mejorar los servicios que las bibliotecas públicas ofrecen, reconocer el papel de los bibliotecarios, de lectores y libros, así como aprovechar las nuevas tecnologías como herramientas para la promoción de la lectura y la cultura.

Una de las más importantes medidas adoptadas en esta nueva ley, es la designación de la Biblioteca de México como la biblioteca rectora de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas. Otra modificación sustancial es la que se refiere a la figura del depósito legal, la cual establece que los editores y productores de materiales bibliográficos y documentales tienen la obligación de entregar un número determinado de ejemplares de sus obras a ciertas bibliotecas. Otro punto fundamental de esta nueva ley es la creación del Sistema Nacional de Bibliotecas, el cual estará integrado por las bibliotecas de universidades públicas, organismos especializados y entidades privadas. Su objetivo será intercambiar información y facilitar la prestación de los servicios bibliotecarios, incluidos los digitales, para el público en general y especializado.

Sin embargo, esta ley cuenta con el rechazo de editores que aseguran que “implementa medidas excesivamente punitivas e impone requisitos administrativamente inviables para los sellos del país, particularmente para los independientes”. Fraguada en el seno de la Dirección General de Bibliotecas de la Secretaría de Cultura, esta ley ya ha sido objeto de cerca de un centenar de amparos para impugnar diversos artículos de la misma. Agentes de la cadena del libro y expertos en legislación cultural alertan, en especial, sobre un aspecto de la ley: la creación de un Depósito Legal de Publicaciones que podría vulnerar los derechos de autor.

De acuerdo con el capítulo 10, cada empresa que produzca libros deberá entregar tres ejemplares de una nueva obra a cada una de las instituciones depositarias: la biblioteca de México, la del Congreso de la Unión y la Nacional de México. La ley demanda que los sellos entreguen también una copia digital de sus obras, sin mención a los mecanismos que habrán de ponerse en marcha para su resguardo. “La sensación generalizada es que no hay infraestructura ni tecnología para garantizar que esos libros no van a estar en riesgo y esa sería la médula del amparo, la falta de seguridad para archivos digitales”, expresó Tomás Granados, editor de Grano de Sal.

Según Granados la LGB es “la única expresión de interés en el mundo del libro, hasta ahora, de los órganos gubernamentales”, y saluda la idea de pagar impuestos con ejemplares, así como la conformación del sistema nacional de bibliotecas. Sin embargo, manifiesta preocupación por el cambio de naturaleza del depósito legal, “porque se puede romper con gran facilidad la seguridad informática”, y por las sanciones que acarrea el incumplimiento, que considera elevadas.

Las mencionadas sanciones están establecidas en el artículo 43: “Los editores y productores del país que no cumplan con la obligación consignada en el artículo 39 de esta Ley, se harán acreedores a una multa equivalente a cincuenta veces el precio de venta al público de los materiales no entregados”.

La Cámara Nacional de la Industria Editorial Mexicana (CANIEM), también expuso sus reservas con algunos artículos y apoya las objeciones de los editores sobre los archivos digitales y considera que la multa por no entregar un ejemplar al Depósito Legal es excesiva: “Para las editoriales independientes, esto hace aún más adverso un panorama negro a causa de la pandemia”.

La polémica está en marcha y será cuestión de tiempo ver si el asunto llega a la Suprema Corte de Justicia de la Nación que emitirá el fallo final.
AM.MX/fm

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