martes, diciembre 3, 2024

LABAORALES: Justicia en el trabajo

Los sindicatos

Por José Dávalos

Uno de los fines de los sindicatos, sin el cual no pueden ser sindicatos, es buscar el mejoramiento de sus agremiados, mejoramiento económico y cultural. Y el medio idóneo para obtener ese mejoramiento es el contrato colectivo creado por el sindicato y el patrón.

El contrato colectivo contiene las jornadas de trabajo, los descansos, las vacaciones, los salarios y todas las prestaciones en dinero y en especie que las empresas se obligan a proporcionar a los trabajadores.

El contrato colectivo que no contiene los salarios de los trabajadores es un contrato nulo.

El registro de los sindicatos y de su directiva es un elemento muy importante para comparecer y acreditarse ante las autoridades, por ejemplo, ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ante las Direcciones del Trabajo de los gobiernos de los Estados y Ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, Federal y Locales.

Pero no hay que olvidar que cuando un sindicato no recibe su registro y el de su directiva, por alguna arbitrariedad de la autoridad registradora, el artículo 693 de la Ley Federal del Trabajo lo autoriza a comparecer exhibiendo copia del acta de la asamblea constitutiva, una lista con el nombre y domicilio de sus miembros, copia de los estatutos, copia del acta de la asamblea en la que fue elegida la directiva.

Con estos documentos se hará ver a la autoridad que el compareciente representa realmente al sindicato.

Los tres fines del sindicato son el estudio (de sus circunstancias, las de la empresa y las de la sociedad), el mejoramiento de sus afiliados, como se ha dicho, y la defensa de los intereses de los trabajadores, ante el patrón y ante la autoridad gubernamental.

En el mejoramiento de los trabajadores está el esfuerzo que hagan los sindicatos en la formación de sus miembros, decirles cuáles son sus obligaciones y sus derechos. Decirles a los trabajadores cómo pueden defender sus derechos con base en la Constitución, en la Ley y en el Contrato Colectivo.

Decirles a los trabajadores cuáles son los derechos que se derivan para ellos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La formación de los trabajadores sobre la defensa de sus derechos es una parte medular de los sindicatos. Los dirigentes sindicales sólo pueden estar tranquilos cuando los trabajadores sepan los caminos para hacer efectivos sus derechos.

josedavalosmorales@yahoo.com

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