domingo, mayo 18, 2025

LA COLUMNA: Garantiza CEDH respeto a niñas, niños y adolescentes a su dignidad y sus derechos en los centros educativos. II/lII

José Cruz Delgado

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación definió el derecho al libre desarrollo de la personalidad, como el reconocimiento del Estado respecto de la facultad natural de toda persona a ser individualmente como quiere ser, sin coacción ni controles injustificado, con el fin de cumplir las metas u objetivos que se ha fijado, de acuerdo con sus valores, ideas, expectativas, gustos, etcétera.

Por tanto, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Michoacán, manifiesta que las restricciones en las instituciones educativas que impiden a las niñas, niños o adolescente acceder al derecho a la educación, en virtud de su apariencia física, como el largo del cabello, la presencia de perforaciones visibles, o bien, alguna otra que se base en el aspecto visual; representan una manifiesta expresión de discriminación y una vulneración al libre desarrollo de la personalidad; aunado a que propicia conductas de acoso escolar.

 

La CEDH Michoacán reitera su compromiso para trabajar en el respeto al derecho al libre desarrollo de la personalidad de las infancias y adolescencias; y exhorta a las autoridades competentes a realizar las acciones que sean necesarias para permitir el pleno goce de este derecho, como tutela de la autonomía personal.

El presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Marco Antonio Tinoco Álvarez,  presentó un Informe Especial sobre la Protección al Interés Superior de la Niñez y Adolescencia, en el que se puso de manifiesto que a lo largo de este año, el organismo ha recibido un total de 18 quejas en materia educativa por vulneraciones al libre desarrollo de la personalidad o acoso sexual.


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