La Cámara de Diputados recibe minuta que expide las leyes de Transparencia y Protección de Datos Personales

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CIUDAD DE MÉXICO.- El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, informó que recibió por parte del Senado de la República la minuta por la que se expiden las leyes de Transparencia y Protección de Datos Personales.

Mediante sus redes sociales, el legislador detalló que la minuta será turnada a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para su análisis y “pronta discusión en el Pleno de la Cámara de Diputados”.

“Recibimos la minuta del Senado de la República sobre la iniciativa de nuestra presidenta Claudia Sheinbaum para expedir las leyes de Transparencia y Protección de Datos Personales. Será turnada a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción para su análisis y pronta discusión en el pleno de la Cámara de Diputados”, subrayó el diputado Gutiérrez Luna.

El documento, publicado en la Gaceta Parlamentaria, busca expedir las leyes generales de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y la Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Además, reforma el artículo 37, fracción XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

La expedición de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública es reglamentaria del artículo 6 de la Constitución Política, en materia de transparencia y acceso a la información pública y sus disposiciones son de orden público, de interés social y de observancia general en todo el territorio nacional, con el fin de garantizar el derecho humano al acceso a la información y promover la transparencia y rendición de cuentas.

Este ordenamiento establece los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información pública en posesión de cualquier autoridad, agencia, comisión, comité, corporación, ente, entidad, institución.

Asimismo, órgano, organismo o equivalente de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los tres niveles de gobierno, órganos constitucionalmente autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las entidades federativas y los municipios o demarcaciones territoriales de Ciudad de México.

Por su parte, la creación de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, reglamenta los artículos 6, Base A, у 16, segundo párrafo de la Constitución Política, en materia de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados y sus disposiciones son de orden público, de interés social y de observancia general en todo el territorio nacional.

Esta ley tiene por objeto establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales en posesión de sujetos obligados y distribuir competencias entre la Secretaría y las autoridades garantes, en materia de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados.

En tanto, con la expedición de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, se busca proteger los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas.

Precisa que quedan exceptuados de esta Ley las sociedades de información crediticia en los supuestos de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y demás disposiciones aplicables, y las personas que lleven a cabo la recolección y almacenamiento de datos personales, que sea para uso exclusivamente personal, y sin fines de divulgación o utilización comercial.

La reforma al artículo 37, fracción XV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno ejercerá las atribuciones que le correspondan en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, así como conocer de los procedimientos relativos a su protección, verificación e imposición de sanciones
AM.MX/fm

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