La Cámara de Diputados concretó reformas que otorgaron mayores derechos a las y los mexicanos

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CIUDAD DE MÉXICO.- En la LXIV Legislatura, las y los diputados aprobaron cinco reformas a la Constitución Política, en materia de derechos, las cuales ya fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Se trata de reformas, que ya están en vigor, sobre pueblos y comunidades afromexicanas, bienestar, movilidad, juventud y nacionalidad.

Con el decreto por el que se adicionó un apartado C al artículo 2º de la Constitución Política, aprobado en periodo extraordinario el 28 de junio de 2019 y publicado en el DOF el 9 de agosto de 2019, se reconoce a los pueblos y comunidades afromexicanas, cualquiera que sea su autodenominación, como parte de la composición pluricultural de la nación.

Establece que tendrán los mismos derechos que la Constitución consagra a los pueblos y comunidades indígenas, a fin de garantizar su libre determinación, autonomía, desarrollo e inclusión social.

El decreto que reformó y adicionó el artículo 4º de la Constitución Política fue avalado el 10 de marzo de 2020 y publicado el 8 de mayo del mismo año. Consagra un sistema de salud para el bienestar, que garantiza la extensión progresiva de los servicios de salud para la atención gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.

Estipula que el Estado garantizará la entrega de un apoyo económico a las personas que tengan discapacidad permanente. Determina que las personas adultas mayores tienen derecho a recibir por parte del Estado una pensión no contributiva y prevé que establezca un sistema de becas para los estudiantes de todos los niveles escolares del sistema de educación pública.

Para incorporar el derecho de toda persona a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad, las y los diputados aprobaron el 14 de octubre de 2020 el decreto por el que se declararon reformadas diversas disposiciones de la Constitución en materia de Movilidad y Seguridad Vial, el cual fue publicado en el DOF el 18 de diciembre de 2020.

Asimismo, facultó al Congreso de la Unión para expedir la Ley General en Materia de Movilidad y Seguridad Vial.

Con las reformas a los artículos 4º y 73 de la Constitución Política en materia de Juventud, aprobadas el 14 de octubre de 2020 y publicadas en el DOF el 24 de diciembre del mismo año, se facultó al Congreso de la Unión para legislar en materia de formación y desarrollo integral de la juventud.

En la LXIV Legislatura se estableció que el Estado promoverá el desarrollo integral de las personas jóvenes, a través de políticas públicas con enfoque multidisciplinario, que propicien su inclusión en el ámbito político, social, económico y cultural del país.

La Cámara de Diputados aprobó el 14 de diciembre de 2020 el decreto que reformó el artículo 30 de la Constitución Política, en materia de nacionalidad, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de mayo de 2021.

Establece que son mexicanos por nacimiento, los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos, de madre mexicana o de padre mexicano.
AM.MX/fm

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