PUERTO MORELOS.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) concluyó que el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Puerto Morelos (PDUCPPM) 2020-2030 no da cumplimiento a las disposiciones básicas. El PDUCPPM fue presentado por la presidenta municipal Laura Fernández Piña para su consulta pública, en la gaceta municipal del municipio el pasado 23 de noviembre de 2020.
El dictamen de la SEMARNAT, emitido el 11 de diciembre, explica que la proyección de desarrollo no contiene los criterios de regulación ecológica para la protección, preservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales dentro de los centros de población. Ello representa una violación a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Además, no respeta el artículo 27 constitucional en materia de asentamientos humanos, pues los planes o programas de desarrollo urbano deberán tomar en cuenta los lineamientos y estrategias contenidas en los programas de ordenamiento ecológico del territorio.
De acuerdo con Sol Quintana Roo, el documento firmado por el subsecretario de la SEMARNAT, Arturo Argueta Villamar, afirma que el PDUCPPM presentado por la alcaldesa incurre en la violación del artículo 45 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU), pues deja fuera la aplicación de los criterios de ordenamiento ecológico y los argumentos generales de regulación ecológica para los asentamientos humanos, establecidos en el artículo 23 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y en las normas oficiales mexicanas en materia ecológica.
Según el funcionario, la alcaldesa no respeta el Convenio de Coordinación entre la SEMARNAT, la CONAP, la Procuraduría Agraria y el Registro Agrario Nacional, cuyo objeto es brindar certeza jurídica a núcleos agrarios, evitar parcelamiento irregular en terrenos forestales y la urbanización de tierras ejidales que se encuentren en áreas naturales protegidas, en cumplimiento de las disposiciones de los ordenamientos en las materias agrarias, ecológicas, territorial y de desarrollo urbano.
El documento dirigido a la presidenta municipal de Puerto Morelos, Laura Fernández Piña, señala que atendiendo que los Ordenamientos Ecológicos Territoriales son “el instrumento de política ambiental cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales”, la SEMARNAT le exige realizar los ajustes correspondientes al PDUCPPM para que pueda ser validado y reconocido.
La respuesta de la SEMARNAT es congruente con el estudio del movimiento ciudadano “Voces Unidas de Puerto Morelos”, quienes determinaron que el modelo de desarrollo del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Puerto Morelos 2020-2030 es incompatible con un desarrollo sostenible.
El estudio de la organización civil revela que el PDUCPPM pretende cambiar la identidad de Puerto Morelos, transformándolo de un destino turístico de baja densidad, en donde se promueve la conservación de los recursos naturales, para pasar a ser un Centro Logístico de Manejo de Carga (dotándolo de infraestructura de comunicación ferroviaria y marítima que afectará directamente el arrecife y el manglar).
Agrega que, de no impedir la imposición del PDUCPPM, el municipio se convertirá en un destino turístico de alta densidad y una ciudad sobre-densificada, en donde imperarán viviendas inadecuadas, lo que resultará en una mala calidad de vida para sus habitantes y cuya construcción destruirá una extensa área de selva en la que habitan gran número de especies en peligro de extinción.
Según el documento en poder de Sol Quintana Roo, el PDUCPPM pretende favorecer a los grandes capitales asociados con la industria turística y de la construcción mediante la sobre-densificación de viviendas y habitaciones hotel, sin considerar los derechos humanos fundamentales de los actuales habitantes, como son el derecho a un ambiente sano para el desarrollo y bienestar, y el derecho a una vivienda digna, con nulo apego a los lineamientos de sustentabilidad que determinan las leyes federales y estatales.
Además, el hecho de cambiar en el Casco Antiguo de Puerto Morelos el uso de suelo de residencial y hotelero de densidad baja-media a uno predominantemente hotelero y de alta densidad turístico-condominal, es incompatible con un desarrollo sustentable; la sobre-densificación agravará la problemática ambiental, social y económica ya existente.
También este cambio es totalmente excluyente y discriminante con las personas de bajos recursos que quieran, por ejemplo, visitar, vacacionar o vivir en esa zona, porque se enfoca en un modelo de desarrollo que ya ha causado severos daños ambientales en el Estado de Quintana Roo y que no ha producido beneficios reales de carácter social. Esto queda en evidencia cuando se analizan los altos índices de pobreza, desigualdad e inseguridad que ocurren en municipios como Benito Juárez y Solidaridad, los cuales han sido precursores en el modelo de desarrollo que se pretende imponer en Puerto Morelos.
Argumenta que promover la sobre-densificación urbana generará un incremento en la inseguridad, la gentrificación y el hacinamiento. Es también fundamental hacer énfasis en el nulo beneficio del modelo de desarrollo que se pretende replicar para las comunidades indígenas que viven a tan sólo unos kilómetros de la costa.
Los índices de riqueza, salud, educación y acceso a servicios básicos en las comunidades indígenas siguen siendo alarmantemente bajos, a pesar del aparente éxito económico que han tenido algunas regiones costeras de Quintana Roo. En el contexto del PDUCPPM, esta situación es particularmente preocupante, ya que poblados como Leona Vicario, Delirios o Central Vallarta, ni siquiera son considerados en la presente propuesta. Esta debería abarcar al municipio de Puerto Morelos en su totalidad, en especial en temas como el manejo de residuos, vialidades y servicios. Lo anterior sugiere que el PDUCPPM no busca un ordenamiento integral del territorio municipal, sino únicamente favorecer el desarrollo no sustentable en la región económica más redituable, lo que resultará en aumentar la desigualdad, inequidad e inclusión.
El estudio de “Voces Unidas de Puerto Morelos” revela que es particularmente preocupante la propuesta presentada, porque representa un alto riesgo para los diversos ecosistemas de Puerto Morelos (manglar, arrecife, selva, duna y acuífero), que brindan bienes y servicios a sus pobladores (turismo, recursos pesqueros, protección costera y provisión de playas, regulación de la temperatura, agua) y cuya conservación es esencial para el sustento, la salud y calidad de vida de la población de Puerto Morelos.
Señala que el PDUCPPM propuesto está basado en una estimación de la densidad poblacional futura; que carece de fundamento considerando, en primer lugar, que no se tiene un dato actualizado de la población del municipio, por lo que los cálculos no son confiables. Segundo, que no se tienen estudios de la capacidad de carga de los ecosistemas del municipio.
La mayoría de los datos en los que se basa el documento son antiguos (ejemplos: censo poblacional del 2010, datos de Aguakan desactualizados). Para tener estimaciones reales sobre la población esperada para 2030, y poder tener una idea real de las necesidades a cubrir, se debería esperar hasta que salgan los resultados del Censo de Población y Vivienda 2020 y solicitar datos actuales a las compañías que proveen servicios básicos al municipio, como agua, electricidad, transporte y recolección de residuos.
El PDUCPPM 2020-2030 propone construcción en zonas inundables, incluyendo las siguientes áreas en los diferentes usos de suelo: 56.6% del Mixto Campestre Residencial, 32.2% del Mixto comercios y servicios, 19.9% del Mixto Barrial, 17.4% del corredor urbano (que contempla desarrollo comercial), 6.9% de la zona habitacional, 6.0% de la zona industrial, 4.2% de la zona turística y 4.1% del área para equipamiento. Además, 38.1% de la reserva urbana también queda en zonas inundables. Esto, cuando el Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL) establece en sus criterios ecológicos de aplicación urbana que no se podrán desarrollar viviendas y/o cabañas en zonas con riesgos de inundación.
Lo preocupante también es que el PDUCPPM propuesto no contempla el manejo de residuos sólidos. No se indica el volumen que se podría generar con el modelo propuesto, ni el área en donde se pretende establecer el Centro de Manejo de Residuos Sólidos del municipio. Continuar enviando la basura del municipio a Cancún es ineficiente y costoso.
El modelo de desarrollo urbano propuesto viola varias leyes, normas y programas, incluyendo las siguientes: Ley de Planeación, Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana, que establece la responsabilidad del Estado para impulsar el desarrollo económico en equilibrio con el medio ambiente. En la propuesta de PDUCPPM el desarrollo económico está basado en un centro logístico de carga y turismo masivo, lo cual nunca estará en equilibrio con el ambiente.
Además, no respeta el Plan Estatal de Desarrollo Quintana Roo 2016-2022 que en su eje 5 marca que el crecimiento urbano debe ser ordenado y con sustentabilidad ambiental; y que se debe potencializar el valor natural, cultural e histórico. Esto no se cumple en la propuesta de PDUCPPM 2020-2030.
Asimismo, es violatorio del Programa Subregional de Desarrollo Urbano de la Región Caribe Norte 2010, que establece la necesidad de elevar el nivel de bienestar de las familias con pleno respeto a los recursos naturales de la región. La sobre-densificación propuesta y el tipo de vivienda que se pretende desarrollar en gran parte del territorio del municipio, en lugar de elevar el nivel de bienestar de las familias, lo va a deteriorar severamente.
Sumado a lo anterior, también pisotea el Programa Ecológico Local vigente (POEL 2014). El PDUCPPM propuesto viola lo establecido en el mismo para la Unidad de Gestión Ambiental 28, ya que promueve la destrucción de una gran cantidad de selva y especies que la habitan, varias en peligro de extinción. Tampoco respeta el lineamiento ecológico de establecer al menos 12 m2 de áreas verdes accesibles por habitante, ya que solamente se dejan como áreas de conservación municipales cerca de 49 hectáreas, cuando para los casi 60,000 habitantes planteados para 2030, serían necesarias 72 hectáreas.
AM.MX/fm