viernes, abril 19, 2024

El INEHRM revisa la Constitución de 1857

CIUDAD DE MÉXICO, 28 de enero (AlmomentoMX).— En el marco de la conmemoración del Centenario de la Constitución del 1917, el Iinstituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México celebra el Foro La Constitución de 1857: 160 aniversario, con la participación del Mtro. José Gamas Torruco, el Mtro. Rubén Ruiz Guerra y el Dr. Silvestre Villegas Revueltas, el miércoles 1 de febrero, a las 18 horas, en su sede de Francisco I. Madero 1, San Ángel.

La Constitución de 1857 está considerada una obra capital de la historia constitucional mexicana, ya que significó una ruptura definitiva con el poder económico y político de la Iglesia, por un lado, y la desaparición de los fueros y privilegios en el ámbito militar y eclesiástico, por el otro. En el Congreso Constituyente de 1856-57 se registraron las más brillantes sesiones de la historia parlamentaria mexicana, y los representantes del llamado partido liberal lograron que se incluyera en su texto artículos con principios básicos del liberalismo político y económico, aunque no fuera posible llevarlos todos hasta sus últimas consecuencias, debido a la reacción de los conservadores y algunos liberales moderados.

Una de las características de la Ley fundamental de 1857 fue que a pesar de haber sido jurada en el nombre de Dios y con la autoridad del pueblo mexicano, al no señalar que la religión católica era la del Estado, admitía, implícitamente, el principio de la tolerancia religiosa. También hizo del Poder Legislativo, integrado por una sola cámara, predominante en la organización estatal, dejando al Presidente de la República en situación desfavorable frente a los diputados. Además, confirió al Poder Judicial funciones políticas al convertir, en casos de ausencia, al presidente de la Corte en vicepresidente de la República.

La Constitución de 1857 fue la primera que reconoció en forma amplia y pormenorizada los derechos y libertades de la persona humana y el modo de hacerlos efectivos por medio del juicio de amparo. Asimismo, reafirmación del estado nacional; la restauración de la república y la consolidación del federalismo como forma de gobierno Consagró la división tripartita del poder, aunque el Congreso sería unicameral. Por último, incorporó el principio de la desamortización de bienes de corporaciones civiles y religiosas.

AM.MX/fm

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