CNDH celebra sentencia a favor de matrimonio igualitario en Nuevo León

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NUEVO LEÓN, 23 de febrero (AlMomentoMX).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) celebró la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que invalida disposiciones del Código Civil para el estado de Nuevo León que impedían el matrimonio igualitario.

Mediante un comunicado, expuso que se pretende hacer efectiva la obligación de todas las autoridades de esa entidad de erradicar cualquier discriminación, en particular la motivada por identidad de género y orientación sexual.

Detalló que, con esta sentencia, la SCJN reiteró su jurisprudencia en el sentido de que la institución del matrimonio puede cambiar con el paso del tiempo y no debe tener como finalidad la procreación y perpetuación de la especie, al tener todas las personas la libertad de determinar su proyecto de vida en común.

El pleno del máximo tribunal determinó, por unanimidad de 10 votos, que las disposiciones impugnadas por la CNDH resultan inconstitucionales al vulnerar los derechos humanos a la igualdad, no discriminación y al libre desarrollo de la personalidad.

La ministra y ministros de la SCJN señalaron que el 19 de febrero todas las normas del Código Civil de Nuevo León, así como los ordenamientos de la entidad que aludan a la institución del matrimonio y el concubinato, deberán entenderse que involucran a dos personas del mismo o de diferente sexo.

Recordó que en febrero de 2018 presentó demanda de acción de inconstitucionalidad contra una reforma al Código Civil de Nuevo León, para garantizar los derechos y las libertades de las personas que deseen contraer matrimonio con otras de su mismo sexo en esa entidad federativa.

Además para suprimir los prejuicios y los estigmas que no resultan propicios para lograr la igualdad de condiciones para ese grupo social, frente a las demás personas.

Destacó que la acción emprendida por este organismo refrenda el compromiso de proteger los derechos humanos de la comunidad Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Transgénero, Travesti e Intersexual (LGBTTTI).

Ello porque hace posible que sus integrantes contraigan matrimonio en las mismas condiciones en que lo hacen las demás personas en Nuevo León, sin necesidad de promover un juicio de amparo o transportarse a otro estado de la República.

(Con información de Notimex)

AM-MX/mla

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