CIUDAD DE MÉXICO.- El “Súper Chedrahui”, ubicado en avenida Canal de Tezontle número 1512, en la colonia Doctor Alfonso Ortiz, Alcaldía Iztapalapa, ha sido clausurado debido a que incumplió la prohibición de bolsas y productos de plástico desechables, informó la Secretaría del Medio Ambiente de la CDMX.
Luego e que personal de la Dirección General de Inspección y Vigilancia Ambiental realizara una visita de reconocimiento y prevención el pasado 17 de junio, se detectó que se estaban entregando bolsas de plástico de un solo uso a los clientes en las áreas de frutas y verduras, animales de compañía, salchichonería y quesos.
En las áreas de carnes, pollo, pescado y mariscos, fuente de sodas y panadería se detectó la presencia de productos de plástico desechables y la entrega de charolas de diferentes tamaños, así como contenedores con tapa para alimentos y ensaladas de diferentes tamaños, para aderezos y charolas con tapa para pasteles y pan.
Mientras que en el ‘pasillo 10’ se observó la venta de productos plásticos desechables de un solo uso como cucharas, tenedores, platos, tazones, vasos, charolas; mientras que en el área de farmacia se vendían hisopos con bastones de plástico.
Durante la visita se encontró un sótano que es utilizado como bodega y se comprobó que ese lugar, de 12 metros cuadrados, era utilizado para almacenar los insumos antes mencionados, los cuales se entregaban al público o se ponían a la venta.
Por esta situación, en la que se incumple con lo dispuesto en la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal, fueron colocados tres sellos con la leyenda “Clausurado” y otros seis en la bodega con la frase “Asegurado”.
Cabe recordar que la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal estableció que a partir de 2020 y 2021 queda prohibida la comercialización, distribución y entrega de bolsas y productos de plástico de un solo uso.
En 2020 se prohibieron las bolsas de plástico de un solo uso y en 2021 productos de plástico desechables como cubiertos, tenedores, cuchillos, cucharas, así como palitos mezcladores, platos, popotes o pajitas, bastoncillos para hisopos de algodón, globos y varillas para globos, vasos y sus tapas, charolas para transportar alimentos, así como los aplicadores de tampones hechos total o parcialmente de plástico y diseñados para su desecho después de un solo uso, excepto los que sean compostables.
Los establecimientos que no cumplen la prohibición podrán ser objeto de apercibimientos, multas económicas y en última instancia la clausura del establecimiento.
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AM.MX/CV