CIUDAD DE MÉXICO / SemMéxico.- Con la publicación el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la Reforma Constitucional “3 de 3 contra la violencia” en contra de agresores sexuales de las mujeres y deudores alimentarios, éstos no podrán participar en el proceso electoral 2023-2024 en el que se renuevan diputaciones, senadurías, ayuntamientos, gubernaturas y la Presidencia de la República. Siempre y cuando los partidos políticos cumplan su compromiso público de no impugnar la “3 de 3 contra la violencia” señala un estudio del Instituto Belisario Domínguez realizado por Lorena Vázquez Correa.
Sostiene que una agenda pendiente será dar seguimiento a la armonización de la legislación local, en un plazo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor de la medida, así como monitorear la aplicación de la reforma.
Recomienda además tener presentes las investigaciones del INE sobre la implementación de la “3 de 3 contra la violencia” en el pasado proceso electoral de 2021, lo que puede servir como guía para abordar los retos en la implementación de la reforma constitucional que suspende los derechos políticos de las personas que hayan cometido actos de violencia de género y familiar.
A la reforma constitucional “3 de 3 contra la violencia” se suma la reciente creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, con el cual se impedirá también a los deudores alimentarios puedan realizar actividades como la compra y venta de inmuebles, obtener documentos de identidad como pasaporte o licencias de conducir, para contraer matrimonio, así como postularse a cargos de elección popular o aspirar a ser jueces locales y federales.
Precisa que la reforma establece que las personas que hayan sido sentenciadas por actos de violencia de género no podrán ser registradas como candidatas ni podrán ser nombradas para empleos, cargos o comisiones en el servicio público.
Contempla delitos cometidos contra la vida y la integridad corporal, la libertad y seguridad sexuales, o el normal desarrollo psicosexual; violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica; violencia política contra las mujeres en razón de género, e incorpora también a los deudores alimentarios.
El documento recuerda que el camino de la aprobación de la “3 de 3 contra la violencia” fue impulsada por la organización feminista Las Constituyentes MX. En octubre de 2020, en colaboración con legisladoras de la Cámara de Diputados, presentaron un escrito a la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación del INE para solicitar la inclusión de un mecanismo que implementara la propuesta “3 de 3 contra la violencia”.
Posteriormente, la organización promovió la adopción de la medida en las legislaciones locales y, paralelamente, con el Grupo de Trabajo Plural de Igualdad Sustantiva, de la Cámara de Diputados, que incluye legisladoras de todos los partidos políticos.
Otras organizaciones que contribuyeron a la aprobación de la minuta por parte de los congresos locales fueron la Red de Mujeres en Plural y 50+1.
El documento del IBD refiere que, en el proceso de electoral de 2021, el INE ya había aprobado lineamientos en un sentido similar a la reforma constitucional “3 de 3”, los cuales fueron neutralizados por los partidos por medio de impugnaciones presentadas ante el Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que resolvió que el Instituto Nacional Electoral (INE) carecía de atribuciones en esta materia.
Por el contrario, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido diversas resoluciones en relación con los supuestos de la 3 de 3 contra la violencia establecidos en legislaciones locales, en las que ha declarado su validez.
La más reciente fue la Acción de Inconstitucionalidad 98/2022, donde la SCJN resolvió que es válido el requisito de no contar con adeudo de pensión alimentaria para el ejercicio de distintos cargos.
El particular, el Decreto 504/2022, aprobado por el Congreso de Yucatán y validado por la SCJN, agregó el requisito de no ser persona deudora alimentaria morosa para acceder a los cargos de presidente/a de la Comisión de Derechos Humanos, titular de las dependencias que integran la administración pública local, así como para ser postulado a una candidatura independiente.
En el mismo sentido, la SCJN validó las reformas a los artículos 9 y 144 de la Ley Electoral de Nuevo León, que establecen como requisito de elegibilidad no haber sido sentenciado por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, de violencia familiar, delitos sexuales, por delitos que atenten contra la obligación alimentaria o ser deudor alimentario moroso.
Además, la SCJN resolvió la impugnación de diversos ordenamientos del Estado de Hidalgo, según los cuales, no tener la calidad de deudor alimentario moroso es un requisito para ser designado como comisionado/a del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales, así como para ocupar la titularidad de las dependencias y entidades del Ejecutivo estatal. Ambos requisitos fueron declarados válidos constitucionalmente. Cabe destacar que las acciones de inconstitucionalidad referidas fueron promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
El estudio adelantaba que el decreto de la “3 de 3 contra la violencia” requería la ratificación de al menos 17 congresos estatales para que la Comisión Permanente hiciera la declaratoria ante el pleno de las y los 37 legisladores que conforman el Constituyente permanente, y que el titular del Ejecutivo Federal la publique en el Diario Oficial de la Federación, lo que ocurrió el día de hoy.
Movilización feminista en todo el país
La publicación en el DOF de la Ley 3 de 3 contra la violencia es resultado de una lucha feminista liderada por las Constituyentes Mx permite visibilizar un esfuerzo colectivo que ha conjuntado las voluntades de Defensoras de DDHH, Consejeras Electorales, Legisladoras y ex Legisladoras, colectivas y organizaciones como Red de Mujeres en Plural Nosotras Tenemos Otros Datos Todas Mx 50más1, Red Nacional de Mujeres Defensoras de la Paridad en Todo.
Las Constituyentes MX emprendieron sin descanso junto con otras organizaciones feministas la aprobación de la “3 de 3 contra la violencia” para que ningún violador, acosador o deudor alimentario llegue al poder desde el último día de sesión de la Cámara de Senadores el 28 de abril, en una polémica sesión en la que tuvieron que ejercer presión presencial para que no fuera archivada.
De ahí en adelante se dieron a la tarea de impulsar en cada uno de los congresos estatales que la avalara y se notificara al Senado antes de que terminara el mes de mayo para que fuera declarada constitucional, lo que ocurrió el pasado miércoles por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
Actualmente han avalado la reforma constitucional 28 congresos estatales y aun faltan Sonora, Jalisco y Querétaro según reporte del viernes en el portal de Las Constituyentes MX.
AM.MX/fm