jueves, diciembre 12, 2024

Afore para trabajadores independientes

CIUDAD DE MÉXICO.- Los trabajadores independientes, es decir, aquellos que no tienen una relación laboral vigente con un patrón o no son asalariados, también cuentan con opciones para incorporarse a un esquema de aseguramiento a través del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con el que pueden acceder a una pensión al finalizar su vida laboral y recibir los mismos beneficios que se le otorgan a quienes laboran de manera formal.

Como parte de las sesiones tituladas El ABC de las Afores realizadas por Afore SURA, Raymundo Orellan, Gerente de Calidad y Servicio al Cliente en Afore SURA y María del Pilar Buerba Gómez, Asesora en la Dirección de Incorporación y Recaudación del IMSS, expusieron el programa piloto basado en un esquema integral de Seguridad Social para trabajadores independientes, abordaron las principales características de este programa y profundizaron en los beneficios que reciben los trabajadores al incorporarse a esta modalidad.

¿A quién va dirigido?

Este esquema va dirigido a los trabajadores independientes, como profesionales, comerciantes, artesanos y demás trabajadores no asalariados, y se enfoca principalmente en: 1) trabajadores que nunca tuvieron una relación laboral con un patrón pero que tienen interés por empezar a planear su futuro financiero y 2) trabajadores que previamente estuvieron cotizando con algún patrón y que, por alguna razón, dejaron de trabajar y ahora tienen un empleo por su cuenta.

Cabe destacar que, en México, de acuerdo con el INEGI, del 23% de la población ocupada, alrededor de 12.9 millones de personas están consideradas como trabajadores independientes, de los cuales 39% son mujeres y 61% son hombres, sin embargo, sólo el 0.1% de los trabajadores tienen acceso a seguridad social.

María del Pilar Buerba Gómez, Asesora en la Dirección de Incorporación y Recaudación del IMSS resalta que, este programa piloto de esquema de aseguramiento se liberó el 21 de enero de 2021 con la finalidad de incorporar a los trabajadores independientes al IMSS y brindarles los cinco seguros que considera la Ley del Seguro Social para quienes laboran en el régimen obligatorio. Explicó que, si bien ya existía la Modalidad 44; una alternativa dirigida a este sector de la población que les permitía aportar recursos para sus seguros por vejez, invalidez o fallecimiento, tenía ciertas limitaciones.

Beneficios

Uno de los grandes beneficios que los trabajadores independientes reciben es que, al concluir su vida laboral, podrán tener una pensión que les permitirá gozar de un retiro digno. Este esquema, además, es flexible y permite a los trabajadores independientes registrar sus ingresos económicos de acuerdo con sus posibilidades, sin pagar una cuota obligatoria y sin una edad límite. “Esta modalidad va a funcionar como si el trabajador estuviera en una relación laboral con un patrón”, mencionó Raymundo Orellan, Gerente de Calidad y Servicio al Cliente en Afore SURA.

Por otra parte, gracias a que se puede registrar el ingreso real percibido por el trabajador, desde el salario mínimo hasta 25 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), se podrán acumular semanas cotizadas con un ingreso mayor, lo que se traduce en una mayor acumulación de recursos y un mejor retiro.

Otra ventaja importante es que el trabajador podrá contar con los cinco seguros de la Ley del Seguro social sin necesidad de adquirir un seguro con una institución externa para él o sus beneficiarios. Además, para los trabajadores que tienen muchos años laborando por cuenta propia, esta opción les brinda la oportunidad de reintegrarse al régimen obligatorio sin ayuda de ningún intermediario, dándoles la certeza de que su dinero ha sido aportado correctamente.

“Antes, los trabajadores buscaban un patrón que les diera la oportunidad de inscribirlos al régimen obligatorio, tenían que buscar una empresa que los asegurara para estar un año laborando y, después de ese año, se pasaban a la Modalidad 40, una alternativa que les permitía no perder el derecho a pensionarse en caso de quedar desempleado antes de los 60 años. Sin embargo, ahora ya lo pueden realizar directamente, teniendo la seguridad y la certeza de que se encuentran cotizando activamente”, señaló el especialista de Afore SURA.

Con este esquema, la incorporación de una persona es muy sencilla, simplificada y es totalmente en línea, de manera que en menos de 5 minutos el trabajador puede realizar su registro, únicamente debe ingresar al sitio web www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-independientes y seguir los pasos que se indican.

Seguridad social integral

Esta nueva modalidad para trabajadores independientes considera la provisión de seguridad social integral y contempla los cinco seguros que considera la Ley del Seguro Social en el régimen obligatorio y que reciben los trabajadores incorporados en este esquema:

1. Seguro de Enfermedades y Maternidad. Atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones para el asegurado y sus beneficiarios legales, pero con tiempos de espera marcados en el Aviso de dictamen para efectos del Seguro Social. Pago de incapacidades por enfermedad general.

2. Seguro de Riesgos de Trabajo. Atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones para el asegurado, rehabilitación, ortesis y prótesis en su caso. Incapacidad por accidente de trabajo y enfermedad del trabajo. En su caso, pensión.

3. Seguro de Invalidez y Vida. Pensión en caso de invalidez para el asegurado y para los beneficiarios legales deudos del asegurado.

4. Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez. Es importante planear el retiro para la vejez, dado que, entre un 25 y 30 por ciento de la cuota obrero patronal que los trabajadores paguen al IMSS se destinará a este rubro.

5. Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales. Estancias infantiles para el cuidado de menores y actividades de esparcimiento (deportivas y culturales).

¿Cómo registrarse?

El trabajador puede afiliarse en línea, de manera muy sencilla y en unos minutos, o bien de manera presencial, mediante tres sencillos pasos:

Registrar sus datos como trabajador independiente utilizando
– RFC, Número de Seguridad Social (NSS), CURP, domicilio y datos de contacto

– Reportar su ingreso económico y ocupación. Esta cantidad corresponde al ingreso económico que percibe, de acuerdo con las actividades laborales que desempeña, o bien, puede definir otro monto de dinero para pagar sus cuotas obrero-patronales, las cuales, al no tener un patrón y ser trabajador independiente, tiene que pagar totalmente. Por otra parte, cabe destacar que, con base en el ingreso que reporte y la ocupación a la cual se dedique, se calculará la cuota obrero-patronal, debido a que será considerado el Seguro de Riesgos de Trabajo y se obtendrá la prima de riesgo.

Realizar el pago de cuotas
El pago puede ser mensual, semestral o anual, y debe ser realizado dentro de los primeros 20 días naturales del mes para que su aseguramiento inicie a partir del primer día del mes inmediato posterior a esta aportación. Asimismo, puede realizarse de tres maneras:

Mostrando la línea de captura en las ventanillas de los bancos autorizados.
Pagando en línea a través del portal bancario del trabajador.
Realizando una transferencia por SPEI.
Aseguramiento y registro en la clínica. Para recibir los servicios médicos, debe realizarse el registro en la clínica del trabajador y, de ser el caso, también realizar el registro de sus beneficiarios legales:
Conyugue o concubina(rio). En caso de concubinato, se necesita un acta de nacimiento de los hijos en común o tener 5 años de convivencia manifestándolos con escrito libre bajo protesta de decir verdad.
Hijos(as). Menores de 16 años o hasta los 25 años si continúan estudiando.
Padres. Si viven en el mismo domicilio y dependen económicamente del asegurado.

Trámites recurrentes

Durante el proceso de afiliación, existen algunos trámites que los trabajadores también pueden necesitar, los cuales se pueden hacer en línea, en la aplicación IMSS Digital o de manera presencial y son:

Asignación o localización de Número de Seguridad Social (NSS). Es el trámite que las personas realizan previo a solicitar su inscripción como Persona Trabajadora Independiente y se refiere al número de identificación ante el IMSS.

Corrección de Datos del Asegurado. Si existe algún error en sus datos, el trabajador puede realizar los ajustes necesarios, solamente tiene que presentar la siguiente documentación:

Acta de nacimiento, Identificación oficial, CURP, Comprobante de domicilio, Documento que contenga el NSS o Estado de Cuenta de la Afore, Solicitud de Regularización y/o Corrección de Datos Personales del Asegurado.

Alta en clínica o Unidad de Medicina Familiar (UMF). El asegurado titular puede registrarse y dar de alta a sus beneficiarios legales en la Clínica o UMF que les corresponda para que puedan recibir las prestaciones que otorga el IMSS en México.
AM.MX/fm

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