Carece Ley par la Transparencia y Ordenamiento los de los Servicios Financieros plazos para establecer sanciones administraticas

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CIUDAD DE MÉXICO.- A fin de garantizar los principios de certeza y seguridad jurídica a particulares, así como entidades financieras y comerciales, el coordinador de Grupo Parlamentario del PRD (GPPRD), Miguel Ángel Mancera Espinosa, propuso reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

Mancera Espinosa recordó que dicha ley tiene como objeto el regular las comisiones, cuotas de intercambio, así como otros aspectos relacionados con los servicios financieros y el otorgamiento de créditos de cualquier naturaleza, operaciones realizadas a través de entidades financieras y comerciales.

La ley también faculta a la Comisión Nacional Bancaria de Valores, el Banco de México, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, así como a la Procuraduría Federal del Consumidor para imponer sanciones de carácter administrativo.

“El problema que se presenta con esta ley es que no se estableció un plazo para que las autoridades puedan emitir una resolución definitiva, es decir, está el procedimiento, están las reglas del procedimiento, está la regulación, pero no se tiene un plazo”, explicó.

El coordinador del GPPRD precisó que sobre ello se pronunció la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en abril de 2021; al resolver un amparo en revisión en el que indica que los Artículos 24 al 31 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros violan el principio de seguridad jurídica.

“Por ello que estamos proponiendo adicionar, en esta iniciativa, un cuarto párrafo al Artículo 32 para establecer que no podrá exceder de 90 días naturales, contados a partir del cierre de instrucción, el tiempo para que las autoridades emitan y notifiquen la resolución correspondiente”, detalló.

Con ello se da garantía de seguridad jurídica a todas y cada una de las personas usuarias y entidades financieras y comerciales, se atiende a lo dispuesto por la Corte y se solventa lo que en su momento fue una omisión legislativa.
AM.MX/fm

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