viernes, noviembre 29, 2024

Piden diputadas indulto a mujeres en reclusión, por COVID-19

CIUDAD DE MÉXICO.- Legisladoras de los partidos Morena, Movimiento Ciudadano, PRD, PRI y PES presentaron ante la Comisión Permanente de la Cámara de Diputados, la propuesta con punto de acuerdo para que las y los gobernadores de las 32 entidades del país, realicen la revisión de casos y se implementen la aplicación de las Reglas de Bangkok a mujeres privadas de la libertad bajo criterio de razones humanitarias.

En el marco de la fase 3 de la emergencia sanitaria de la COVID 19, la propuesta del punto de acuerdo, en el que no aparecen diputadas del PAN, fue firmado por Lorena Villavicencio y María Wendy Briceño Zuloaga de Morena; Martha Tagle Martínez de Movimiento Ciudadano; María Guadalupe Almaguer Pardo del PRD; Lourdes Erika Sánchez Martínez y Cynthia Iliana López Castro, del PRI, y de Olga Patricia Sosa Ruiz del PES.

Las legisladoras hacen eco a las diversas solicitudes de la sociedad civil para beneficiar a mujeres con dependientes económicos, mujeres primo delincuentes; mujeres mayores de 65 años; mujeres que no hayan usado armas al momento de cometer el delito y ahora están privadas de su libertad.

La solicitud, que fue enviada a las entidades federativas del país, se basa en la Ley de Amnistía, recientemente publicada y por razones humanitarias, para que se emprendan las acciones necesarias para agilizar la expedición de las leyes estatales correspondientes y se aconseja favorecer a las mujeres que se encuentren cumpliendo una condena.

En los argumentos, precisan que las Reglas de Bangkok, aprobadas en 2010 por la Asamblea General de las Naciones Unidas para el Tratamiento de las Reclusas y Medidas No Privativas de la Libertad para Mujeres Delincuentes, señala los requisitos necesarios que deben atender las autoridades para garantizar condiciones de vida digna para esta población.

Las Reglas de Bangkok destaca los relativos a servicios de salud específicos para mujeres, prevención, tratamiento, atención y apoyo al VIH.

Así como las condiciones que se deben brindar a las mujeres embarazadas, lactantes y con hijos en la prisión, extranjeras, grupos minoritarios, internas en prisión preventiva, medidas no privativas de libertad, disposiciones posteriores a la condena y sensibilización pública.

Dentro de las medidas no privativas de la libertad, se encuentran: Elaborar medidas opcionales y alternativas a la prisión preventiva y la condena, concebidas específicamente para las mujeres delincuentes.

Tener presente el historial de victimización de muchas de ellas y sus responsabilidades de cuidados de otras personas.

En general utilizar medios de protección que no supongan privaciones de la libertad, como albergues administrados por órganos independientes, organizaciones no gubernamentales u otros servicios comunitarios, para brindar protección a las mujeres que la requieran.

También señalan que, al condenar a las delincuentes, los tribunales tendrán la facultad de examinar atenuantes como: ausencia de historia penal; la levedad relativa; el carácter de su comportamiento delictivo, y las responsabilidades de cuidado de otras personas de las interesadas y su situación particular.

Cuando sea apropiado y posible se preferirá imponer sentencias no privativas de la libertad a mujeres embarazadas; mujeres con hijas o hijos menores a su cuidado;

Asimismo, se ponderará el interés superior del hijo e hija de las mujeres que haya cometidos delitos.
AM.MX/fm

Artículos relacionados