OTRAS INQUISICIONES: Estado de Derecho

Fecha:

Pablo Cabañas Díaz

Sea cual sea la definición de Estado de derecho que tomemos, es obvio que en México, hasta ahora, nunca existió un régimen sustentado en las leyes.  La corrupción y la ausencia de  garantías para la mayoría de los ciudadanos llevaron al país a una crisis a la que no puede ser ajeno el Poder Judicial.

La falta de justicia  impide reclamar o defender derechos; el acceso precario conduce a la ineficacia del proceso judicial para el ciudadano por falta de atención al caso, dificultades de seguimiento, falta de apoyo jurídico y por una  corrupción sistémica que favorece a los intereses políticos y económicos  de los grupos de poder que fueron derrotados en la elección de julio del 2018. En México, en los gobiernos del PRI y del PAN no hubo un Estado de derecho. Había una coexistencia de órdenes jurídicos discretos ordenados jerárquicamente en función del poder político. Los gobiernos del PRI crearon un orden político informal, ilegal y altamente discrecional, dotado de reglas no escritas pero conocidas para los actores políticos y sociales, cuyo funcionamiento dependía de la capacidad del Presidente de la República.

El Poder Judicial mexicano nunca pudo construir un “núcleo duro” de instituciones de justicia democráticas, por lo que el acceso a la justicia, requisito elemental de la garantía de derechos de ciudadanía, nunca existió  para la mayoría de los ciudadanos. La falta de acceso o el acceso precario a la justicia es el principal indicador de la desigualdad social.

El sistema de justicia es una parte integral y fundamental de un Estado de derecho. En México, si bien a nivel constitucional están claramente definidas las atribuciones de los gobernantes, la estructura del Estado nacional y los derechos y obligaciones de los ciudadanos, lo cierto es que en la práctica otros órdenes jurídicos son los que han reglamentado la vida cotidiana. Se trata de órdenes informales, creados como un puente que media entre esta última y la ley escrita. Para empezar, el orden jurídico formal ha sido históricamente violado.

El presidencialismo que era el eje articulador del régimen autoritario, no tenía una base constitucional, pues la ley máxima otorgaba al presidente poderes limitados. Se trataba de un presidencialismo metaconstitucional, al igual que todo el orden político que de él derivaba. El presidencialismo implicó la subordinación política de los Poderes Legislativo y Judicial respecto del Ejecutivo, así como la subordinación política de los gobernadores y presidentes municipales al Ejecutivo nacional, en abierta violación a los preceptos constitucionales. Si bien, dentro de este orden centralizado, los otros poderes y los otros niveles de gobierno tenían ciertos márgenes de actuación, sus límites estaban determinados por la decisión suprema del presidente y su equipo. Un pasado que a todas luces debe terminar.

Compartir

Popular

Artículos relacionados
Related

Gobierno de Veracruz digitaliza control de fármacos tras supervisión a hospitales

Veracruz conectará un sistema propio al IMSS Bienestar para redistribuir medicinas y asumirá el servicio de alimentación hospitalaria.

Katia Itzel García publica mensajes misteriosos tras las quejas públicas de Antonio Mohamed

Más allá de las anotaciones y el dinamismo futbolístico mostrado por ambas escuadras, la atención de la opinión pública se centró en la fuerte controversia entre el director técnico Antonio ‘Turco’ Mohamed y la árbitra central Katia Itzel García.

EU y China pactan recorte arancelario recíproco a productos por 60 mil mdd

EU y China acordaron recortes arancelarios recíprocos por 60 mil millones de dólares y prorrogaron su tregua comercial hasta enero.

STPS explica cómo funcionará el registro electrónico para la jornada de 40 horas

La reforma a la Ley Federal del Trabajo establece que los empleadores deberán registrar electrónicamente la jornada laboral de cada persona trabajadora, incluyendo el horario de inicio y finalización, y entregar esta información a la autoridad cuando sea requerida.