CNDH emite recomendación para el IMSS, aplicó quimioterapia a niño sin contar con diagnóstico

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CIUDAD DE MÉXICO, 14 de noviembre (AlMomentoMX).-  La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS),  por aplicar quimioterapia a un niño sin contar con diagnóstico certero de leucemia, lo que derivó en la muerte del menor.

Mikel Arriola, titular del IMSS.
Foto: Proceso

La recomendación, dirigida al director general del IMSS, Mikel Arriola, es por la aplicación prematura de tratamiento de quimioterapia a un niño de 2 años 5 meses de edad.

De acuerdo con el organismo, se obtuvo evidencias suficientes y determinó que servidores públicos del Hospital General Zona 36, en Coatzacoalcos, Veracruz, vulneraron el principio del Interés Superior de la Niñez, debido a que al ingresar al niño no le realizaron los estudios clínicos correspondientes e inmediatos para confirmar el diagnóstico.

Recordó que el 25 de febrero de 2012, una mujer acudió al servicio de urgencias de dicho hospital porque su hijo presentaba fiebre, gripa y dolores musculares. Al ingresar, se le realizaron estudios paraclínicos al menor, que indicaron que el paciente presentaba anemia y disminución de plaquetas, por lo que ameritaba ser valorado por el servicio de Hematología.

La médica adscrita a dicho servicio programó un procedimiento de “aspiración de médula ósea”.

“Con el resultado de su apreciación visual, y sin contar aún con estudios de laboratorio confirmatorios, determinó que el paciente cursaba con Leucemia Linfoblástica Aguda L2, por lo que inició tratamiento de quimioterapia”, detalló la CNDH.

El 3 de marzo del mismo año, el niño fue dado de alta sin corroborar los resultados de los estudios de laboratorio posteriores a la quimioterapia y sin prever los efectos secundarios; por lo que, al recaer, tres días después, la madre lo llevó al Hospital Regional de Villahermosa, Tabasco, donde se determinó que el pequeño presentaba malas condiciones generales y falleció al día siguiente por paro cardiorrespiratorio.

De acuerdo con la CNDH, antes de establecer tratamiento oncológico, el médico debió confirmar el diagnóstico con análisis complementarios, o en su defecto enviarlo a otra unidad médica del sector con mayor capacidad resolutiva para otorgar medicación de mantenimiento y regularizar las condiciones hematológicas. Al no existir diagnóstico certero, se incurrió en negligencia médica.

La comisión recomendó al director general del IMSS reparar los daños a las respectivas madres y padres del menor de edad, que incluyan indemnización, atención médica y psicológica, y se envíen a la Comisión Nacional la constancia que acredite su cumplimiento.

Además, de que se inscriba a los agraviados en el Registro Nacional de Víctimas para que tengan acceso, en lo conducente, al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

AM.MX/dsc

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