OTRAS INQUISICIONES: El Plan B y el poder real

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Pablo Cabañas Díaz

La arquitectura del llamado Plan B de la reforma electoral impulsada por Claudia Sheinbaum revela, con una nitidez poco frecuente, la tensión estructural que atraviesa al Estado mexicano: la voluntad de ordenar la vida política mediante normas frente a la persistencia de relaciones de poder que desbordan ese marco. No estamos ante una reforma administrativa; estamos ante un intento de reconfigurar los equilibrios entre el centro y los territorios, entre la institucionalidad y las formas reales de control político.

El eje más sensible —la revocación de mandato— condensa esta disputa. La propuesta de permitir que la consulta se realice al segundo o tercer año de gobierno, y que coincida con la jornada electoral del primer domingo de junio, no es un simple ajuste de calendario. Es una operación de sincronización política. Al empatar la revocación con las elecciones intermedias, se introduce un factor de movilización nacional que reordena el campo político: la figura presidencial deja de ser un referente distante para convertirse en un actor presente en la contienda.

La modificación rompe con el diseño vigente, que buscaba aislar la revocación de cualquier proceso electoral para preservar su carácter excepcional. Al integrarla al ciclo electoral ordinario, la reforma la convierte en un instrumento de disputa política directa. Más aún, al permitir la difusión del proceso por parte del Ejecutivo —con la única limitación de suspender propaganda gubernamental en los 60 días previos— se abre un espacio donde la frontera entre información y promoción se vuelve porosa. La revocación deja de ser un mecanismo de control ciudadano para convertirse, potencialmente, en un dispositivo de legitimación política.

Aquí se advierte una mutación de fondo: el paso de una democracia procedimental a una democracia movilizada desde el poder. La consulta, en lugar de operar como contrapeso, puede integrarse a la lógica de consolidación del liderazgo. Y en ese movimiento, los actores territoriales perciben un riesgo: la recentralización del capital político en torno a la figura presidencial.

La resistencia a este punto —visible en la fragmentación legislativa— no es, por tanto, un desacuerdo técnico. Es la expresión de un conflicto estructural entre niveles de poder. Las redes locales, que históricamente han operado como intermediarias entre el Estado y la sociedad, encuentran en esta medida una posible reducción de su margen de maniobra. La política mexicana, en su dimensión más profunda, no se organiza únicamente en el eje ideológico, sino en el control del territorio.

El segundo componente de la reforma —la reorganización de los ayuntamientos— confirma esta lógica. Establecer un máximo de 15 regidurías y una sindicatura, bajo principios de paridad, parece una medida de racionalización institucional. Sin embargo, la reacción de algunos gobiernos municipales, que advierten que en ciertos casos se verían obligados a aumentar el número de regidores, revela la complejidad del entramado local. La estructura formal del municipio no es un dato neutro: es el espacio donde se distribuyen cuotas de poder, se negocian lealtades y se articulan redes de influencia.

Reducir o ajustar el número de regidores no elimina esas redes; las reconfigura. Puede concentrar decisiones, alterar equilibrios internos o modificar los canales de acceso a recursos. La eficiencia administrativa, en este contexto, no es un valor absoluto, sino una variable que interactúa con intereses profundamente arraigados. La autonomía municipal, invocada en el dictamen, se convierte así en un campo de disputa entre la norma y la práctica.

El tercer eje —el tope al presupuesto de los congresos locales en 0.70% del gasto estatal— introduce una dimensión fiscal al problema político. Limitar recursos busca contener excesos, pero también redefine la capacidad operativa de los poderes legislativos. La pregunta no es solo cuánto gastan, sino cómo ese gasto se traduce en capacidad de acción. En sistemas donde el poder se articula a través de intermediaciones, la restricción presupuestal puede tener efectos ambivalentes: reduce márgenes de discrecionalidad, pero también puede debilitar la capacidad institucional frente a actores externos mejor financiados.

Finalmente, el recorte a las remuneraciones de funcionarios electorales y la prohibición de prestaciones adicionales apuntan a una narrativa de austeridad y equidad. Que nadie gane más que el titular del Ejecutivo establece un principio de jerarquía salarial que busca legitimar al aparato público frente a la sociedad. Sin embargo, este tipo de medidas, aunque políticamente rentables, no inciden directamente en la calidad de la función electoral. El riesgo es confundir la percepción de privilegio con la eficacia institucional.

En conjunto, la reforma configura una ingeniería normativa que pretende ordenar el sistema político en tres dimensiones: temporal (calendarios y sincronización electoral), estructural (composición de ayuntamientos y congresos) y económica (presupuestos y salarios). Pero su potencia analítica radica en lo que revela: que el problema central no es la ausencia de reglas, sino la relación entre esas reglas y las estructuras de poder que las atraviesan.

México no carece de institucionalidad; enfrenta la persistencia de un poder que se adapta a ella. Las reformas modifican la superficie del sistema, pero las lógicas de control territorial, intermediación política y movilización condicionada han demostrado una notable capacidad de continuidad. La ley interviene; el poder se reacomoda.

El verdadero alcance del Plan B no se medirá únicamente en su aprobación o en su diseño final, sino en su capacidad para alterar esas lógicas. Y ahí reside su límite estructural. La sincronización de la revocación puede fortalecer al centro, pero no elimina las dinámicas locales; la reducción de regidores puede racionalizar, pero no desarticula redes; los topes presupuestales pueden contener, pero no sustituyen la intermediación; la austeridad salarial puede legitimar, pero no transforma el ejercicio del poder.

En última instancia, la reforma pone en evidencia una verdad incómoda: la política mexicana no se define exclusivamente en el ámbito normativo, sino en la interacción constante entre reglas e intereses. Y mientras esa interacción siga mediada por estructuras que operan más allá de la ley, cualquier intento de transformación institucional será, necesariamente, parcial.

 

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