Durango prohíbe las terapias de conversión

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DURANGO.— El Congreso de Durango aprobó la iniciativa del diputado Martín Vivanco Lira, de Movimiento Ciudadano, para prohibir y sancionar penalmente a las llamadas mal llamadas terapias de conversión o ECOSIG (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual o la Identidad de Género).

  • Con 19 votos a favor, esta reforma al Código Penal de Durango, la entidad se coloca entre las primeras del país en penalizar cualquier intento de modificar la orientación sexual o identidad de género de una persona. 

“Estas terapias de conversión parten de la idea falsa de que la diversidad se cura. En realidad, son formas de violencia que pueden derivar en tortura o violación. Hoy Durango dice con claridad que amar y ser quien eres no es un delito, afirmó Vivanco Lira tras la votación.

El dictamen aprobado por la Comisión de Justicia incorpora los artículos 182 quinquies y 182 sexies al Código Penal, creando el capítulo “Delitos contra la orientación sexual o la identidad de género de las personas”, e impone sanciones que van de dos a seis años de prisión, además de multas y trabajo comunitario.

Con esta modificación, este delito se perseguirá de oficio. También se establecen agravantes cuando las víctimas sean menores de edad o cuando el responsable abuse de una posición de autoridad, como médicos, docentes o servidores públicos.

El legislador destacó la necesidad de vigilar centros o clínicas que encubren estas prácticas bajo la apariencia de servicios de rehabilitación. Muchas de estas instituciones usan eufemismos o justificaciones religiosas para disfrazar la violencia. Hoy ya no hay margen: es un delito”, subrayó.

  • La reforma también prevé atenuantes para padres o madres que hayan promovido estas prácticas por desconocimiento, aunque Vivanco Lira insistió en que la conducta sigue siendo punible.

Los diputados coincidieron en que las terapias de conversión vulneran derechos protegidos por la Constitución, como la dignidad, la integridad personal y el libre desarrollo de la personalidad, además de contravenir criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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AM.MX/dsc

 

Redacción/dsc
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