Nueve palabras prohibidas por el SAT en las transferencias bancarias en octubre 2025

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CIUDAD DE MÉXICO.- Cuando realizamos transferencias electrónicas, solemos escribir cualquier cosa en el campo de concepto. Sin embargo, el SAT presta especial atención a ciertos términos que pueden relacionarse con actividades irregulares. Evitarlos puede ahorrarte dolores de cabeza con Hacienda y mantener tus operaciones sin contratiempos.

A continuación, te presentamos 9 palabras o expresiones que es mejor no usar al realizar transferencias bancarias.

Colocar “préstamo” en el concepto puede generar confusión, ya que el SAT podría interpretarlo como un ingreso sujeto a declaración. Si realmente es un préstamo, conviene tener un contrato privado que lo respalde y no confiar solo en la nota del banco.

Aunque parece inofensivo, “pago” sin especificar puede levantar dudas sobre si se trata de un servicio profesional, una renta u otra actividad que debería estar facturada. Sé más claro y usa descripciones neutrales como “transferencia personal”.

El término “renta” está directamente asociado con ingresos gravables. Si transfieres dinero a un familiar o amigo y colocas “renta”, podrías atraer la atención del SAT para verificar si declaraste esos ingresos.

El SAT relaciona “honorarios” con actividades profesionales independientes. Al usarlo, pueden pensar que realizaste un servicio sin emitir factura, lo que podría derivar en revisiones.

Indicar “sueldo” en el concepto sugiere un pago laboral. Esto puede ser cuestionado si la persona receptora no lo declara como ingreso en su declaración anual.

Aunque es genérico, “depósito” puede ser malinterpretado como flujo de efectivo sin justificación. Lo mejor es evitarlo y optar por descripciones más neutras.

El SAT también revisa los regalos, pues aunque existen exenciones, no siempre aplica en todas las cantidades. Poner “regalo” puede llevar a que el dinero sea interpretado como un ingreso extra.

Escribir “factura” genera un vínculo directo con operaciones fiscales. Si no existe un CFDI que respalde esa transacción, se abre la puerta a aclaraciones con Hacienda.

Aunque las donaciones están permitidas, tienen límites y requisitos legales. Usar esta palabra sin respaldo documental puede activar alertas en los sistemas del SAT.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha intensificado en 2025 el uso de bloqueos de cuentas bancarias como herramienta para asegurar el pago de impuestos y combatir prácticas ilegales como evasión fiscal o lavado de dinero. A partir de julio, se realizan congelamientos mensuales en instituciones como BBVA, Banamex o Santander, aunque no de manera automática: solo tras notificaciones previas mediante buzón tributario, domicilio fiscal o edictos.

Los congelamientos se realizan en instituciones como BBVA, Banamex o Santander, aunque pueden extenderse a cualquier banco donde el contribuyente tenga cuentas activas.

No presentar declaraciones mensuales o anuales es una de las principales causas de sospecha de evasión y puede llevar al congelamiento inmediato.

El uso de comprobantes digitales apócrifos, operaciones simuladas o vínculos con empresas fantasma es considerado delito grave y genera bloqueos inmediatos.

Depósitos inusuales en efectivo o transferencias atípicas detectadas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueden activar esta medida.

El contribuyente no puede disponer de su dinero hasta regularizar su situación. De persistir el incumplimiento, se aplican multas, recargos, embargos e incluso procesos penales.

Se debe acudir al SAT para aclarar o pagar los adeudos. Una vez liberado el documento de desbloqueo, el proceso puede tardar hasta 15 días en reflejarse en el banco.
AM.MX/fm

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