jueves, marzo 28, 2024

LABORALES: Los empleados de las peluquerías

Por: José Dávalos

Cortarse el pelo es un ritual, es grato visitar la peluquería y disfrutar el tiempo de espera, conversar con los otros clientes o ponernos a leer o ver cualquier cosa. Viene una ceremonia en la que debo ir bien presentado, ya me toca pues pasaron tres semanas de mi anterior visita a la peluquería, o simplemente ya no me siento a gusto y debo ir con el peluquero.

Generalmente no nos preguntamos si la persona que va a cortarnos el pelo trabaja por su cuenta, no es trabajador o si presta un servicio personal subordinado al patrón, una persona física, el dueño de la peluquería, o a una persona moral, que es el negocio que presta servicios al cliente.

Es interesante lo que ha sucedido cuando veo alguna revista o periódico de los que la peluquería pone a disposición de los clientes; he encontrado sesudos artículos o bellísimos poemas de maestros de la Facultad de Derecho, que jamás me imaginaba que fuera de sus labores ordinarias y profesionales, se pusieran a expresar su punto de vista sobre tal o cual problema nacional o internacional o a esculpir preciosos trozos poéticos.

Me he dado cuenta de las jornadas extenuantes que prestan algunos peluqueros; por ejemplo empiezan a trabajar a las 9:00 de la mañana, al mediodía tienen una hora para comer, y salen de su trabajo a las 8:00 de la noche.

Son 11:00 horas de trabajo continuo, la hora de la comida es su descanso legal para tomar sus alimentos; ordinariamente ese tiempo es de media hora, pero el patrón otorga a los trabajadores la otra media hora con la misma finalidad.

Esa hora forma parte de la jornada de trabajo.

En cuanto a los salarios debe tomarse en cuenta el tipo de peluquería de que se trata; están las peluquerías “de paisaje”, que todavía existen, que son las peluquerías ambulantes donde sientan al cliente, en la banqueta, con la vista hacia el parque o hacia la fuente; y están las peluquerías bien equipadas que se encuentran en las colonias elegantes.

Hay peluqueros que se llevan en el bolsillo 100, 150 o 300 pesos diarios o peluqueros que, con las propinas que reciben de los clientes, se llevan al día 500 o mil pesos.

Los peluqueros que tienen patrón tienen todos los derechos que corresponden a los trabajadores, incluyendo su inscripción en el IMSS. Las horas excedentes de la jornada ordinaria, son horas extraordinarias que deben pagarse como tales.

Ojalá un día estos magníficos artesanos vean bien remunerado su trabajo.

josedavalosmorales@yahoo.com.mx

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