miércoles, abril 24, 2024

Crecimiento en industria mezcalera dependerá de la NOM 199

Itzel García Hernández 

  • Se espera que la publicación de la NOM-199-SCFI-2015 proteja la elaboración tradicional del mezcal, con lo cual también se propiciaría el reconocimiento de su calidad a nivel mundial.

Ciudad de México, 12 de julio (AlmomentoMX).- El crecimiento de la industria mezcalera en territorio nacional e internacional tendrá un impulso sin precedentes en cuanto entre en vigor la Norma Oficial Mexicana 199-SCFI-2015.

La NOM 199 “regula la denominación de las bebidas alcohólicas, sus especificaciones fisicoquímicas, su información comercial y métodos de prueba, con la finalidad, como ella misma específica, de beneficiar a los consumidores, con la acotación de la comercialización engañosa de dichos productos.”

La regulación busca frenar la ilegalidad en la producción de alcohol y derivados del agave, por tanto, las especificaciones en cuanto a producción y comercialización restringen el uso de la palabra mezcal para aquellas bebidas que cuenten con certificación y Denominación de Origen (DO).

Esto se refiere a que la regulación en industrias como la mezcalera se hará tomando en cuenta que la bebida esté preparada con los agaves certificados, propios de las regiones o estados que cuenten con la DO.

Distinguir el mezcal de otros destilados de agave que no cumplan con las especificaciones o certificaciones requeridas por el Consejo Regulador del Mezcal, traerá beneficios económicos para los productores y para sus consumidores dentro del territorio mexicano.

Se espera también que la publicación de la medida proteja la preparación tradicional de la bebida, con lo cual se propiciaría el reconocimiento de su calidad y autenticidad a nivel mundial.

Pese a que la NOM 199 fue aprobada desde el pasado 23 de febrero de 2017, una de las preocupaciones de la industria es que termine por no publicarse a causa de intereses particulares.

Hasta el momento la Secretaría de Economía, bajo la titularidad de Ildefonso Guajardo, no ha gestionado su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

AM.MX/iggh

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