Amigo burócrata: deberán pagarte tu aguinaldo a más tardar el 15 de noviembre

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CIUDAD DE MÉXICO, 5 de octubre (AlMomentoMX).— Por una nueva disposición de la Secretaría de Hacienda, el otorgamiento del aguinaldo [o gratificación de fin de año] para servidores públicos correspondiente al ejercicio fiscal 2018 deberá pagarse a más tardar el 15 de noviembre próximo.

A través de un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, Hacienda precisó que los servidores públicos —cuya relación jurídica de trabajo se regula por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado— tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a cuando menos 40 días de salario, sin deducción alguna.

La dependencia detalló que el pago del aguinaldo o gratificación de fin de año se realizará en una sola exhibición a más tardar el 15 de noviembre, salvo que conforme a la disponibilidad presupuestaria, tenga que realizarse en dos exhibiciones. En ese caso, la primera exhibición se realizará a más tardar el 15 de noviembre de 2018 y la segunda antes del 15 de enero de 2019.

Señaló que dicha gratificación incluye al personal operativo de confianza de las dependencias y entidades de la administración pública federal, de enlace y de mando, así como del servicio exterior mexicano que esté en funciones en el país.

Así como al personal en retiro, con pensión militar, civil o de gracia, y los deudos de dichas personas a quienes se les haya otorgado una pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) o con cargo al erario federal, entre otros.

Hacienda aclaró que no tendrán derecho al aguinaldo o gratificación de fin de año las personas físicas contratadas bajo el régimen de honorarios especiales conforme al Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal, así como aquéllas a las que se cubran percepciones diferentes a los puestos mencionados. Tampoco el personal a que se refieren los convenios de coordinación técnica de enseñanza con las entidades federativas.

AM.MX/dsc

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